Los seis tipos de sociedades u organizaciones mercantiles en México, a
analizar son: Sociedad en nombre colectivo, Sociedad en Comandita Simple (S. en
C.), Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.), Sociedad de
Responsabilidad Limitada (S. de R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), y Sociedad
Cooperativa (S.C.).
§ La Sociedad en Nombre Colectivo
destaca la responsabilidad de los socios por las obligaciones que contraiga la
sociedad. Las características esenciales de esta sociedad es que la responsabilidad de cada socio será
limitada, solidaria y subsidiaria de todos los socios, debe tener cuando menos
dos socios puesto que no existe un número máximo. La razón social se compone
por los nombres de todos los socios o de alguno de ellos, seguida solamente de
las palabras “y compañía”.
§ La Sociedad en Comandita Simple
(S. en C. S.) es la reunión de una o más personas físicas y morales que crean
una persona moral para obtener un fin común y generar ganancias. En esta se
identifican dos tipos de socios; los comanditados que tienen una
responsabilidad ilimitada y los comanditarios que determinan su responsabilidad
por sus aportaciones.
§ La Sociedad en Comandita por
Acciones (S. en C. por A.) es una sociedad de capital funcional, es decir, cuyo
capital social no debe ser menor a cincuenta mil pesos; existe bajo una razón o
denominación social y se compone de uno o varios socios comanditados con
responsabilidad ilimitada y de uno o varios socios comanditarios que únicamente
están obligados al pago de sus acciones.
§ En cuanto a la Sociedad de
Responsabilidad Limitada (S. DE R.L.) su responsabilidad está limitada al
capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas no se
responde con el patrimonio personal de los socios; es una sociedad intermedia
que surgió para eliminar las restricciones y exigencias de la sociedad anónima,
constituye un tipo social que sin alejarse de plenamente de los esquemas
propios de las sociedades de personas.
§ La Sociedad Anónima (S.A.) es
aquella sociedad mercantil cuyos titulares son en virtud de una participación
en el capital social a través de títulos o acciones, los accionistas no
responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino
únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.
§ Por último la Sociedad Cooperativa (S.C.) es una sociedad mercantil con denominación de capital variable fundacional, representado por certificados de aportación nominativos. Aquí intervienen como mínimo cinco persona
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